El Estado Plurinacional de Bolivia ante el Comité de los Derechos del Niño, Cuarto informe periódico
La Convención sobre los Derechos del Niño marca un verdadero hito para la protección de los derechos de la infancia, la niñez y adolescencia a nivel mundial ya que promueve los principios de universalidad, igualdad, participación e interés superior, que significa que todos los Estados garanticen el cumplimiento de sus derechos de manera inclusiva y con equidad.
La Convención define los derechos que disfrutan niñas y niños en todas partes: el derecho a la supervivencia; al desarrollo pleno; a la protección contra influencias peligrosas, los malos tratos y la explotación; y a la plena participación en la vida familiar, cultural y social. Bolivia es uno de los primeros países que ratificó la Convención, el 26 de junio de 1990, mediante Ley Nº 1152; así mismo, en la Constitución Política del Estado Plurinacional se establece con precisión que la familia, la sociedad y principalmente el Estado son responsables de garantizar la prioridad del interés superior de la niña, niño y adolescente.
La vigilancia de la aplicación de la Convención en los Estados Partes está a cargo del Comité de los Derechos del Niño, conformado por especialistas de diferentes países. Esta instancia recibe, periódicamente, un informe sobre los avances y desafíos de cada país, el cual es revisado y complementado por una delegación gubernamental. A partir de estos insumos, el Comité emite recomendaciones para el Estado Parte, a fi n de garantizar la plena vigencia de derechos de la niñez y adolescencia.
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